Bautizado = fichado

Hasta que no vi la noticia por mi mismo, no di crédito a quien me dijo que el Supremo había eximido a la Iglesia de borrar de fichero conocido como “Libro de Bautismos” a quienes habían solicitado ser borrados del mismo mediante una acción que canónicamente se conoce como “apostasía”.

Según el Código de Derecho Canónico en el libro de bautismo consta el nombre del bautizado, los de sus padres, padrinos y testigos, el día de la celebración, y la fecha y lugar de nacimiento. También se anotan, si los hubiera, los datos relativos a la confirmación y al matrimonio.

Esto constituye a todas luces un fichero, por más que éste no esté ordenado alfabéticamente sino por fecha de bautismo, pues un fichero es, según la Directiva Europea, un conjunto estructurado de datos personales, accesibles con arreglo a criterios determinados. Se cumplen pues los requisitos de estructuración, accesibilidad y posibilidad de tratamiento.

Alega también el Arzobispado, y lo admite el Supremo, que lo que recoge el libro de bautismo son meros “datos históricos”. Si se admite esto, nos encontraríamos con que todo aquel fichero donde figuren nuestro datos, si se acompaña de una relación de hechos ciertos (como lo es el haber tenido una cuenta abierta en un banco, haber realizado una compra a una empresa o el haber sido bautizado en una parroquia) no es susceptible del amparo de la protección de datos de carácter personal. Es un argumento delirante el que sostiene el Arzobispado: que el registro de bautizados tenga el carácter de “historial” no es incompatible con que sea un fichero en los términos que hemos visto y que, por tanto, que podamos ejercitar frente a él el derecho fundamental a preservar la intimidad personal y familiar.

Personalmente me resulta bastante indiferente que la Iglesia Católica disponga de mis datos personales: soy consciente de la cantidad de empresas (bancarias, de publicidad, de venta a distancia…) que a buen seguro tienen mis datos personales, por lo que sólo iniciaría la aventura del borrado eclesial por motivos simbólicos (motivos que supongo que son los que mueven a la mayoría de las personas que apostatan: que la Iglesia no los cuente como miembros de cara a un uso estadístico que pudiera favorecerle al negociar con el Estado).

Tampoco estoy en absoluto molesto con mis padres porque decidieran bautizarme: ese trámite me permitió hacer la primera comunión, ceremonia en la que fui de la mano de la que en su día era la chica más guapa de la clase, cosa de la que aún hoy me jacto. Además me regalaron un radiocassette que aún conservo y que suelo usar cuando me pongo nostálgico y me da por escuchar cintas antigüas.

3 comentarios:

Soria dijo...

Estoy de acuerdo contigo en que la sentencia del TS es inaceptable y, ciertamente, desconcertante a todos puntos vista.

La LOPD reconoce el derecho a cancelar nuestros datos en manos de empresas u organizaciones de cualquier tipo y la apostasía no puede ser menos.

Aunque pienso que la solución quizás no sea la apostasía -me considero cristiano, ojú- tanto como lograr, definitivamente, la laicidad del Estado.

Salud y libre comercio. :P

Anónimo dijo...

He recibido este vierenes una comunicación de la Agencia de Protección de Datos: después de ésta me diese la razón y estableciese un plazo para que el arzobispado de Madrid me borrase de sus registros y me lo certificase por escrito, el arzobispado ha recurrido a la vía contencioso-administrativa.
O sea, que si quiero seguir tengo que personarme, buscar abogado y puede que procurador. Encima con el precedente negativo de la sentencia del Supremo. Tengo un rebote considerable.
Saludos
Fdo: Arturo (IU-Usera)

Javi dijo...

@ Anónimo: mucha suerte en esa cruzada que es apostatar, que es como darse de cabezazos contra la pared, con el agravante de que no hay un poder público que te respalde como debiera en las acción que legítimamente te corresponden como ciudadano. Suerte y a ver si la tendencia cambia y ésta sentencia no cristaliza como interpretación oficial de lo que es un fichero…

@ Soria: el laicismo es “trasversal” (oh, cómo adoro esa palabra UPeyDera XD) a todo éste tipo de reivindicaciones y es lo que está detrás de la mayoría de las peticiones de borrado. Comparto contigo que la falta de laicismo en España es el problema principal en éste asunto, y que resuelto ese problema cosas como ésta que hoy nos ocupa se solucionarían con mucha facilidad…