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"D3m", próximo objetivo de la inconstitucional LOPP

La Ley Orgánica de Partidos Políticos es inconstitucional. Lamentablemente no ha sido ni será declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional, órgano cuyos miembros, como sabemos, son nombrados por cuotas por los dos partidos mayoritarios. Así, en un tema tan importante como este y en el cual tanto el PP como el PSOE están de acuerdo en que es válido saltarse la Constitución, al Tribunal Constitucional no le queda otra que decir “sí, bwana”.

Recientemente ha sido presentada la plataforma electoral “abertzale” 'D3M' (Demokrazia 3.000.000). Previsiblemente el Gobierno vulnerará una vez más el derecho de participación política (artículo 23 CE) con una herramienta en la mano (la LOPP) que sólo podría limitar el derecho de asociación (artículo 22 CE).

El ordenamiento jurídico español únicamente se contempla la posibilidad de privar el ejercicio del derecho de participación política de manera individualizada y mediante sentencia firme. No importa, volveremos a vivir la esperpéntica situación de las “listas contaminadas” (“contaminadas” por personas a las que nadie ha privado por sentencia firme su derecho a la participación política).

Un Estado que se dice democrático no puede privar de esta manera protofascista la ciudadanía a sus nacionales. Si a alguien que no ha sido privado de su derecho al sufragio pasivo se le impide ir en una lista electoral con personas que tampoco han sido privadas de su derecho al sufragio pasivo, se está arrebatando la ciudadanía a esos humanos. Se les impide participar en los asuntos públicos, se les extermina como ciudadanos. Y, con ellos, se les priva también el derecho a la ciudadanía a las personas que querrían optar a que esas personas, plenamente capacitadas para integrar una candidatura, sean sus representantes.